Por Mª Ángeles Colás
Responsable del Departamento de Atención al Paciente del Hospital Victoria Eugenia
Hoy 18 de abril se celebra el Día Europeo de los Derechos de los Pacientes, en virtud del compromiso adquirido el 27 de marzo de 2007 en el Parlamento Europeo de Bruselas, por parte de 180 delegados de 25 países europeos en favor de los intereses de los pacientes.
Sin lugar a dudas, este día nos sirve de motivo de reflexión sobre la situación actual de los derechos de los pacientes en general y en nuestro Hospital en particular, de acuerdo a las necesidades, valores y expectativas de los mismos.
Los profesionales de la salud y las Instituciones relacionadas tenemos el derecho y el deber de exigir la mejor atención posible para los pacientes. Por ello, es importante conocer, divulgar y reclamar los derechos que los mismos tienen en relación con la enfermedad.
Por tanto, no está de más recordar que el Artículo 43 de la Carta Magna reconoce “el derecho a la protección de la salud”.
Es la Ley 14/1986, conocida como Ley General de Sanidad, la más extensa de las muchas leyes que regulan la sanidad en España. De este texto se deriva el resto de normas que protegen los derechos de los pacientes.
Entre ellos, podemos destacar que :
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Tú como paciente, tienes derecho a recibir atención sanitaria, poniendo a tu disposición todos los recursos de que disponemos, con el fin de proporcionarte una atención de calidad que redunde en tu pronto restablecimiento.
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Tienes derecho a que se te respete tu personalidad, dignidad humana e intimidad, sin que pueda existir discriminación por razón alguna y a que se respete el carácter confidencial de los datos referentes a tu salud.
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Tienes derecho a negarte a recibir tratamiento médico (excepto en los supuestos legales establecidos). Esta autorización tiene que ser libre y voluntaria, nadie te puede coaccionar. Basta el consentimiento de palabra, salvo en los casos de: intervenciones quirúrgicas, terapias invasivas y procedimientos que suponen un riesgo para la salud.
Está establecido que un médico podrá actuar sin tu consentimiento en caso de urgencia sanitaria justificada.
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Tienes derecho a recibir tú y tus familiares, si así lo deseas, la información en términos comprensibles, verbalmente y por escrito de tu proceso.
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Tienes derecho a recibir información sobre el diagnóstico, pronóstico y alternativas al tratamiento y a elegir libremente ante las alternativas presentadas.
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Tienes derecho a que se te extienda un certificado acreditando tu estado de salud.
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Tienes derecho a recibir una segunda opinión sobre tu diagnóstico.
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Tienes derecho al acceso a tu historial clínico.
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Tienes derecho a reclamar ante cualquier anomalía o situación irregular que consideres perjudicial para tus derechos por medio de unos impresos de Quejas/Sugerencias y Reclamaciones existentes en todos los centros sanitarios.